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Sitio de oración por las comunidades “non una cum”

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Noviembre: Indulgencias por los difuntos

Condiciones habituales para la Indulgencia Plenaria:  

1 - Cumplir la obra prescripta, con la intención (al menos habitual y general) de ganar la indulgencia.

2 - Confesión (también en la semana que precede o sigue a la obra prescripta) y comunión (también en el día que precede o en la semana que sigue a la obra prescripta).

3 - Si se requiere la visita de una iglesia, se puede hacer desde el mediodía del día anterior.

4 - Hacer cualquier oración vocal por las intenciones de los Sumos Pontífices, es decir, de la Santa Iglesia, que son las siguientes: exaltación de la Fe; extirpación de las herejías; conversión de los pecadores; paz entre los príncipes cristianos.

5 - Estar en estado de gracia.

 

I - Indulgencias que se pueden ganar todo el año:

1 - Requiem æternam, etc… : 300 días c.v.

2 - Pie Jesu Domine, dona eis requiem sempiternam: 300 días c.v.

3 - Maitines y Laudes del Oficio de difuntos: 7 años, Plenaria si durante un mes. CC.

4 - Un Nocturno y Laudes del Oficio de difuntos: 5 años.

5 - Vísperas del Oficio de difuntos: 5 años.

6 - De profundis: 3 años (5 durante el mes de Noviembre).

7 - Pater-Ave-Requiem: 3 años.

8 - Miserere: 3 años.

9 - Dies Iræ: 3 años.

10 - Visita de un cementerio, rezando cualquier oración, aún mental, por los difuntos: 7 años.

11 - Recitar cualquier oración o ejercicio de piedad por los difuntos con la intención de continuar durante 7 o 9 días: 3 años, una vez por día. Plenaria si durante 7 o 9 días sucesivos. CC.

 

II - Indulgencias propias de todo el mes de noviembre:

Cualquier oración o ejercicio de piedad en sufragio de los difuntos: 3 años, una vez por día. Plenaria si cada día del mes. CC.

       

III - Indulgencias excepcionales para los primeros días de noviembre:
- durante la Octava de la Commémoración de los fieles difuntos (del 2 al 9 de Noviembre), Indulgencia plenaria por la visita a un cementerio, rezando cualquier oración, aún mental, por los difuntos. Una vez por día, CC.
el 2 de noviembre y el domingo siguiente (durante la Octava), Indulgencia plenaria por la visita
de una iglesia u oratorio público, recitando 6 Pater-Ave-Gloria c.v. (toties quoties).            


IV - Para los fieles que han hecho el Acto heroico de caridad por las almas del Purgatorio, pueden ganar una Indulgencia Plenaria (CC) :  

- todo el año y a cada comunión hecha en una iglesia u oratorio público.

- cada lunes (y si no es posible, el domingo siguiente) al asistir a una Misa por las almas del Purgatorio.

Para los sacerdotes que han hecho el Acto heroico de caridad, altar privilegiado.

 

Nota: CC=Condiciones habituales; c.v.=cada vez. Enchiridion indulgentiarum, Poliglotte Vaticane 1950.

 

http://www.sodalitium.eu/ 

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M
Muchas gracias, excelente informacion. Viralizo.
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